Apostilla

Para que los documentos de un país tengan fuerza legal en otro, deben estar legalizados, además de certificados. En el caso general, para esto se utiliza una legalización consular compleja, larga y costosa: el documento se certifica secuencialmente: por un notario, en el Ministerio de Justicia, en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en el consulado del país de destino. Sin embargo, en 1961, muchos países simplificaron el procedimiento y crearon una apostilla, un sello cuadrado de 10 por 10 centímetros. Una Apostilla es posible si ambos países (el país del documento y el país de destino) reconocen las Apostillas. Pero no todos los países firmaron el convenio de apostilla, por lo que para algunos aún se aplica la legalización consular.

Si, según el registro oficial de la Convención de La Haya , el país del documento y el país de destino (donde piensa presentar el documento) reconocen las apostillas, entonces no se necesita la legalización consular de su documento, se necesita una apostilla. Recuerde que una apostilla siempre se coloca en el país cuyas autoridades estatales la emitieron. Sin embargo, si al menos uno de los dos países no reconoce la apostilla, entonces no se necesita la apostilla, pero sí la legalización consular. Hay excepciones cuando se celebra un acuerdo por separado sobre el reconocimiento mutuo de documentos públicos entre países. En estos casos no se necesita apostilla ni legalización consular, basta con la certificación de un notario.

¿Qué países reconocen una apostilla?

La apostilla es reconocida por: Australia, Austria, Azerbaiyán, Samoa Americana, Andorra, Antártida Británica, Antigua y Barbuda, Armenia, Aruba, Bahamas, Barbados, Bahrein, Belice, Bélgica, Bermudas, Bolivia, Botswana, Brasil, Brunei, Burundi, Vanuatu , Reino Unido, Venezuela, Islas Vírgenes (RU), Islas Vírgenes (EE. UU.), Guyana, Guadalupe, Guatemala, Guyana, Alemania, Guernsey, Gibraltar, Honduras, Hong Kong, Granada, Guam, Dinamarca, Jersey, Dominica, República Dominicana, Israel, Irlanda, Islandia, Cabo Verde, Islas Caimán, Colombia, Kosovo, Costa Rica, Islas Cook, Lesotho, Liberia, Liechtenstein, Luxemburgo, Mauricio, Mayotte, Macao, Malawi, Malta, Marruecos, Islas Marshall, México, Mónaco, Montserrat , Isla de Man, Namibia, Países Bajos, Nicaragua, Niue, Nueva Zelanda, Nueva Caledonia, Noruega, Omán, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Puerto Rico, Reunión, El Salvador, Samoa, San Marino, Santo Tomé y Príncipe, Santo Helena, Islas Marianas del Norte, Seychelles, San Pedro y Mick Elon, San Vicente y las Granadinas, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, Surinam, EE. UU., Islas Turcas y Caicos, Tonga, Trinidad y Tobago, Turquía, Wallis y Futuna, Uruguay, Fiji, Filipinas, Malvinas, Francia, Polinesia Francesa, Chile , Suiza, Suecia, Ecuador, Eswatini, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón.

Fuente: Registro del Convenio de La Haya .